Todas las empresas que contraten de forma indefinida y creen empleo neto se podrán beneficiar de una bonificación / reducción consistente en la exención de cotización los primeros 500 euros de la base mensual correspondiente a contingencias comunes quedando exentos de cotización empresarial, cuando el contrato se celebre a tiempo completo. Cuando el contrato se celebre a tiempo parcial, dicha cuantía se reducirá en proporción al porcentaje en que disminuya la jornada de trabajo, que no podrá ser inferior al 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
Mar 9, 2015 | Legislación y Normativa
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