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NORMAS DE CONDUCTA PROFESIONAL DE LA ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION

1.- OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Los Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION reconocen la importancia de establecer y mantener una reputación elevada de integridad y competencia profesional. Por tanto, la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION recomienda a todos sus Asociados que, las siguientes reglas relativas a Normas de Conducta Profesional, sean aceptadas por cada uno de ellos como obligatorias. Todos los Asociados deben adherirse a ellas como condición indispensable para pertenecer a la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.

2.- CONTRATOS CON CLIENTES

Durante el tiempo de duración de un contrato, cada Asociado de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION deberá asumir la obligación moral de proteger los intereses del Cliente respecto de dicho contrato. Si éste tuviera consecuencias ó debiera ser ejecutado en parte de una vez terminada su vigencia, el Asociado deberá proteger igualmente los intereses que para el Cliente deriven de dicho contrato.

3.- CONTINUIDAD DE SERVICIO A LOS CLIENTES

Los Asociados velarán por la continuidad del servicio prestado a los Clientes y no obtendrán provecho de circunstancias difíciles de los mismos. Los Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION garantizan según los medios a su alcance, la continuidad del contrato suscrito con cualquiera de ellos por un cliente.

Producido el evento que origine el incumplimiento del contrato por parte de un Asociado, la Junta Directiva de la Asociación, a petición del Cliente, nombrará una Comisión que establecerá las condiciones en las que la continuidad del servicio debe prestarse al Cliente.

Si en el momento de asumir la continuidad del servicio estuvieran anticipadas por el Cliente, al Asociado incumplidor, cantidades superiores al importe del trabajo realizado por éste, la ASOCIACION realizará cerca del citado Asociado cuantas gestiones sean posibles para la defensa de los derechos del cliente, pero sin que la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION asuma, en ningún caso, la obligación financiera contraída por el Asociado incumplidor.

4.- GARANTIA DE INDEPENDENCIA A LOS CLIENTES

Los asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION procurarán que las relaciones con sus clientes se basen en la libertad de elección de estos. Y darán, dentro del respeto a las Leyes de Propiedad Intelectual, las facilidades que las tecnologías permitan para que puedan efectuar un cambio de proveedor minimizando el impacto que, en su caso, esta decisión pudiera causar en el Cliente.

En concreto, se comprometen a colaborar eficazmente, siempre que sea técnicamente posible, en la migración de la información de un sistema a otro, con un precio por sus servicios no superior al de sus tarifas habituales.

5.- CONFIDENCIALIDAD

Toda la información o datos suministrados por un cliente a un Asociado de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, y todos los resultados consecuentes de ellos, serán tratados como confidenciales, no serán divulgados a ninguna tercera persona sin consentimiento del Cliente, y no serán nunca utilizados en provecho de los Asociados.

Los Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION establecerán los medios más adecuados para la seguridad de los datos de los Clientes les hayan confiado. En particular, y sin que esta enumeración tenga carácter exclusivo, sino meramente enunciativo, se adoptarán las siguientes medidas:

  • Sistema adecuado de ficheros de seguridad anteriores que permitan reproducir la última situación en caso de siniestro o defecto.
  • Un compromiso formal y obligatorio que exija que el personal que contraten los Asociados reúna las adecuadas condiciones de ética y nivel profesional.

6.- RELACIONES CON LOS CLIENTES

Los acuerdos de los Asociados con los Clientes serán claros y concisos, escritos en un lenguaje inteligible para el cliente. Los acuerdos incluirán:

  • Una descripción precisa y detallada del trabajo a realizar.
  • Una mención clara del precio base a ser cargado, con una lista suplementaria cubriendo todas las contingencias razonables, incluyendo los posibles cambios a lo largo del trabajo a realizar.
  • Planificación veraz y realista de las entregas de trabajo.
  • En los contratos se preverá que cada una de las partes tenga la facultad de rescindir el contrato, bajo las condiciones que se pacten.
  • Los Asociados se obligarán contractualmente a no hacer propuesta alguna de colaboración al personal del Cliente vinculado al proyecto, sin el consentimiento de aquel, durante la vigencia del contrato.
  • Se sugiere adjuntar a todo contrato suscrito con un Cliente un ejemplar de las Normas de Conducta de los Asociados a la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.

7.- RESPETO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Los asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION se comprometen al estricto cumplimiento de la ley sobre la Protección Jurídica de los Programas de Ordenador.

Explicarán a sus clientes los peligros e inconvenientes del uso ilegal del software y no participarán en ningún proyecto en el que sepan que se comete este delito.

8.- RELACIONES CON OTRAS EMPRESAS ASOCIADAS

El personal de los Asociados no efectuará comentarios que desacrediten a otros Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, en sus tratos con el público o en material publicado.

9.- POLITICA DE PERSONAL

Los Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION reconocen que no pueden haber restricciones en el movimiento de su personal. Aceptan que no se puede hacer uso de esa libertad para inducir a un Cliente, o presunto, contra otro Asociado, ni para obtener información confidencial de otros Asociados.

Los Asociados deben esforzarse, constantemente y con continuidad, en elevar los conocimientos y competencia técnica de sus empleados. En particular, el personal en fase de entrenamiento debe trabajar sólo bajo supervisión directa de personal altamente cualificado.

10.- CALIDAD

Los Asociados, en los trabajos realizados para Clientes, deberán establecer tantos controles como sean necesarios para asegurar una calidad elevada, comprometiéndose a utilizar la tecnología más adecuada.

Los Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION no aceptarán un trabajo para el que no estén suficientemente capacitados.

11.- RIESGOS E INSEGURIDADES

Si en el momento de establecer el contrato no se reconoce con precisión el alcance del servicio, o cualquiera de las magnitudes de él, o se proyectan utilizar tecnologías o productos experimentales, los Asociados deberán poner en conocimiento del Cliente tal circunstancia, precisando los riesgos económicos, técnicos o de plazos en los que el Cliente puede incurrir.

12.- PUBLICIDAD

Los Asociados de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION se comprometen a que toda la información referente a sus conocimientos en un campo determinado deberá ser veraz, bien sobre la experiencia profesional y medios de la empresa, bien sobre el perfil profesional de su personal. Se recomienda que los Asociados hagan constar en su documentación comercial, cartas, folletos y anuncios, la circunstancia de ser Asociado de la ASOCIACION MURCIANA DE EMPRESAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, utilizando para ello el logotipo que esta Entidad tiene registrado.