BENEFICIARIOS
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pymes (incluyendo microempresas y autónomos), según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03) que tengan su domicilio social y/o centro productivo destinatario y directamente beneficiario del Programa en el ámbito de la Región de Murcia.
En el caso concreto de la Fase II del Programa, podrán ser beneficiarias exclusivamente aquellas Pymes que hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa.
La finalización del Programa es 31 de diciembre de 2013 salvo prórroga expresa del mismo
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